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Transporte de Pasajeros

Nuevo plazo para constituir domicilio electrónico para empresas de transporte de pasajeros


29.05.2020
Nuevo plazo para constituir domicilio electrónico para empresas de transporte de pasajeros

Se comunica a todas las empresas de transporte que se otorga plazo hasta el 30 de julio de 2020 para constituir domicilio electrónico.

En el marco del proceso de modernizaci6n de la gestión pública, que se está llevando a cabo por AGESIC y el MTOP, cumpliremos con la implementaci6n de la última etapa en relaci6n a las comunicaciones y notificaciones en forma electr6nica y a la obligaci6n implícita de constituci6n de domicilio electr6nico, para las empresas que aún no hubiesen dado cumplimiento a la referida obligaci6n.

A tales efectos se comunica a todas las empresas de transporte y a las que por cualquier canal realicen tramites en todas las dependencias de la Direcci6n Nacional de Transporte y requieran ser notificados de resoluciones, tramites, multas y actos administrativos en general, que se otorga un plazo hasta el 30 de julio del 2020, para dar cumplimiento a lo expresado anteriormente.

En el caso de las empresas de transporte de pasajeros, el no cumplimiento de lo establecido dentro del plazo referido, derivara en la no emisi6n del Permiso Nacional de Circulaci6n, hasta tanto se verifique su efectivo cumplimiento- (Ref.276/13, Ley 19355 Art.386 y 387).