Vehículos que pretenden ser habilitados para Turismo deberán tener matrícula específica
Los vehículos que realizan transporte de pasajeros deberán contar necesariamente con la matrícula específica del servicio
Se comunica que los vehículos que realizan transporte de pasajeros y que pretenden ser habilitados en la flota de una empresa de Turismo, deberán necesariamente contar con la matrícula municipal específica del servicio que pretenden cumplir.
A partir de la fecha, la Dirección Nacional de Transporte no habilitará en empresas de Turismo, a vehículos que posean chapa municipal particular o no identificatoria.
Se otorga un plazo de 180 días a las unidades que realicen Turismo, inscriptas en la Dirección Nacional, para regularizar la mencionada situación.-Caso contrario, la Dirección Nacional de Transporte cesará de oficio los permisos otorgados.
Montevideo, 20 de marzo de 2014
Circular DNT N° 14/7/4/002