Vehículos que pretenden ser habilitados para Turismo deberán tener matrícula específica
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Los vehículos que realizan transporte de pasajeros deberán contar necesariamente con la matrícula específica del servicio
Se comunica que los vehículos que realizan transporte de pasajeros y que pretenden ser habilitados en la flota de una empresa de Turismo, deberán necesariamente contar con la matrícula municipal específica del servicio que pretenden cumplir.
A partir de la fecha, la Dirección Nacional de Transporte no habilitará en empresas de Turismo, a vehículos que posean chapa municipal particular o no identificatoria.
Se otorga un plazo de 180 días a las unidades que realicen Turismo, inscriptas en la Dirección Nacional, para regularizar la mencionada situación.-Caso contrario, la Dirección Nacional de Transporte cesará de oficio los permisos otorgados.
Montevideo, 20 de marzo de 2014
Circular DNT N° 14/7/4/002