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El Comité Ejecutivo de Gestión Ambiental Portuaria aprobó el Protocolo de Graneles Fumigados con Fosfina (PH3)


14.02.2017
El Comité Ejecutivo de Gestión Ambiental Portuaria aprobó el Protocolo de Graneles Fumigados con Fosfina (PH3)

Este Protocolo define y da uniformidad a  los procedimientos operativos que aplican para la carga o descarga de productos agrícolas a granel fumigados con Fosfina (PH3) en los medios de transporte marítimos, fluviales y terrestres que operan en los puertos uruguayos así como también alcanza a la operativa realizada en las estaciones de transferencia flotantes que operen con graneles fumigados con fosfina en jurisdicción de álveo de ANP. 

En los casos no previstos el interesado remite al Comité de Gestión Ambiental Portuaria la inquietud de utilización de medios distintos a los tratados en el presente protocolo para su estudio y posterior resolución

El certificado debe ser completado por el profesional responsable que fumigó la carga y certifica que está LIBRE DE FOSFINA ACTIVA, esto deslinda la responsabilidad del camionero, cada camión que se cargue en un SILO – PLANTA – o – ZONA DE ESTACIONAMIENTO PRIVADA AUTORIZADA (decreto 12/012 MTOP).

Se publica el Protocolo control y operativa de productos agrícolas a granel fumigados con fosfina como principio activo y el requisito de Certificado que debe presentar cada caminero al ingresar:

• Control y operativa de  productos agrícolas a granel fumigados con Fosfina como principio activo.

• Certificado Libre de Fosfina Activa en Cereales Fumigados para la exportación.

Fuente Foto: http://maipu.locanto.cl

Fuente información: Lic. Ricardo Vallejo, Responsable Técnico Ambiental, Administración Nacional de Puertos